Parte I: ¿Hacía una Economía Monopólica?

by Finn R. Samsing A. on 2011/12/15 · 0 comments

(Parte I): ¿HACIA UNA ECONOMÍA MONOPÓLICA?

Por Finn R. Samsing
(Publicada en ESTRATEGIA N° 464 del año 1987.)

En los Estados Unidos la ley antimonopolios denominada “Robinson Patman”, estipula que ningún vendedor de bienes y servicios puede discriminar en sus precios de venta, si es que esta discriminación significa perjudicar la posición competitiva del comprador . Los descuentos sólo pueden realizarse si se demuestra que hay un menor costo en el producto o servicio que se esta vendiendo; los descuentos por volumen son ilegales si no cumplen con este último requisito.

Esta legislación antimonopolios data de 1936 y tiene por objetivo que grandes comerciantes mayoristas o minoristas obtengan, a través de su capacidad de negociación, precios especialmente bajos de los productores, que al ser traspasados al precio final, coloca en posición desmejorada al pequeño comerciante. La “Ley Robinson Patman” busca proteger al industrial y al pequeño comerciante, desalentando los monopolios en sus respectivos mercados.

Como resultados de esta ley, el comerciante que usa en mejor forma sus recursos internos es el que será el más exitoso y no el que tenga la mejor capacidad de negociación.

Como resumen, la ley “Robinson Patman” pretende dar igualdad de oportunidades a todos los compradores y evitar ventajas comparativas de precios que podría obtener un gran intermediario por el solo hecho de poseer una gran capacidad de compra. Las rebajas son contra la ley si es que no tienen una relación directa con una disminución de costos. De esta manera no existen dobles listas de precios; descuentos especiales para ciertas ventas, descuentos por volúmenes destinados muchas veces a segmentar el mercado, a través de la discriminación de precios; listas de precios que entran en vigencia en distintas fechas según el comprador; listas de precios que discriminan en función al comprador final, etc.

En Chile no se ha desarrollado una legislación de estas características, lo que se ha traducido básicamente en una concentración de las principales actividades comerciales, como se puede observar en el comercio de alimentos, farmacias, abarrotes, perfumerías, almacenes, que se encuentran en manos de cadenas nacionales.
Esta concentración en unas pocas manos, ha traído como consecuencia que los productores se enfrentan a una demanda más concentrada por parte de unos pocos compradores. Más importante aún, desde el punto de vista social, es la desaparición del mediano y pequeño comerciante, que no ha podido sobrevivir.

Esta concentración no es regional, sino que se ha extendido con distinta intensidad a través del país, y es así como se pueden observar cadenas que operan en varias ciudades (farmacias, supermercados, almacenes de departamentos, ventas de línea blanca), lo cual ha idos en abierto perjuicio del comerciante local.

Aun cuando las grandes cadenas pueden trasladar en parte al precio las ventajas de su poder de negociación, su gran desarrollo, nacional e internacional en algunos casos, indicaría que su posición monopólica ha derivado también en una alta rentabilidad que ha permitido financiar este desarrollo.

En Chile, así como existen instituciones destinadas a supervigilar ciertas actividades de la economía, como las superintendencias de bancos, de seguros, de previsión social, también debiera de existir una superintendencia de comercio, que supervisara todas las prácticas comerciales que vayan en perjuicio del consumidor final.

Es interesante observar prácticas desarrolladas por las propias empresas del Estado, que discriminan con sus escalas de precios para concentrar sus ventas en 3 ó 4 distribuidores privados, creando así nuevos oligopolios.

Otras empresas del Estado discriminan para un mismo servicio, manteniendo diferenciales importantes de precios, no en función de sus costos, sino de la actividad del usuario final. La empresa de telecomunicaciones ha mantenido diferenciales de precios para canales de comunicaciones de datos de una misma velocidad de transmisión, según sea el usuario final una empresa intermediaria de comunicaciones (empresas de telex) o empresas en general (caso de los bancos).

Es lógico concluir, por lo tanto, que al no mediar una legislación correctiva a las discriminaciones de precios de venta, tendremos en Chile en el futuro un escenario en el cual la producción y la distribución tendrán características de monopolios, lo que ya puede observarse en varios sectores de la producción de bienes. De una pretendida economía social de mercado, estaremos frente a una economía dominada básicamente por monopolios de distribución y producción.

Seguir en Parte II: ¿HACIA UNA ECONOMÍA MONOPÓLICA?

http://www.realidades.cl/?p=1090

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